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Derecho ambiental

El Derecho Ambiental es la respuesta que ha querido dar el ser humano a la necesidad de proteger su entorno, para evitar su degradación progresiva e irreversible.

Existen unos principios inspiradores de este derecho ambiental. Algunos básicos y previos como son el de prevención y cautela, otros como los de sostenibilidad, solidaridad, globalidad, regulación jurídica integral y responsabilidades compartidas, y otros, quizás más conocidos, como el de "quien contamina, paga", y ahora también "repara".

La actuación del derecho ambiental en aplicación de estos principios podemos encontrarla en tres momentos:

  1. Antes De La Contaminación entendida en sentido amplio (emisiones, ruidos, talas…) a través de normas que buscan evitar la degradación del medio ambiente o de minimizarla en la medida de los posible. Ej. urbanismo y ordenación del territorio.
     
  2. Durante La Contaminación, a través de normas que fijan determinados niveles de emisión e inmisión tolerables desde un punto de vista ambiental; se encuentra basado en el principio de que la contaminación cero no existe. Ej. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
     
  3. Después De La Contaminación, a través de normas que tratan de evitar la comisión de infracciones futuras a través de las sanciones y de reparar en la medida de lo posible los daños causados por las mismas. En este contexto se sitúan las normas de responsabilidad civil, penal y administrativa Ej. Art. 325 del Código Penal de 1995, regulador del delito ecológico.
     

Conviene señalar que, sin embargo, no se trata de compartimentos estancos y que una misma norma puede situarse en cualquiera de los tres momentos, lo cual es frecuente sobre todo en el caso de normas que resultan de aplicación "durante la contaminación" fijando límites de emisiones y "después de la contaminación" fijando sanciones para el caso de incumplimiento.

Asesoramiento

Corporación Laber_Microal a través de su departamento jurídico parte del asesoramiento preventivo acompañando al cliente a lo largo de su actividad, tratando de hacer frente a las nuevas realidades sociales y técnicas que van surgiendo en un derecho tan cambiante y que regula aspectos tan dispares como es por ejemplo todo lo referente a los montes, las aguas, los residuos o, en los últimos tiempos, la biotecnología.

Prevención

Su ámbito de actuación abarca desde la prevención y el inicio de las actividades, pasando por las regularizaciones, el seguimiento y valoración de la adecuación a la normativa que resulte aplicable (vertidos, gestión de residuos, contaminación…), y la defensa en los procedimientos sancionadores e incidencias, terminando con el fin de la propia empresa y la gestión adecuada de su desmantelamiento.

De cualquiera de los modos la tendencia actual debería ser la adopción de medidas preventivas frente a las sancionadoras; pero son estas últimas las que finalmente acaban imponiéndose y frente a las cuales, y a sus consecuencias, en ocasiones de grave repercusión para la empresa, hemos de plantear defensas adecuadas y dar respuestas reparadoras.

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